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Seguros de Vida y Salud Catastrófica

SEGURO DE SALUD

Beneficio gratuito para el personal académico y no académico de la Universidad con contrato de trabajo y una antigüedad superior a 6 meses. El seguro cubre el 100% de la diferencia no reembolsada por el sistema de salud y/o seguro particular del beneficiario, respecto de gastos médicos por atenciones o tratamientos originados cuyos montos superen las 40 Unidades de Fomento (U.F.)

Para aquellas prestaciones médicas que el sistema de FONASA O ISAPRE no cubre, el seguro cubrirá un 50% del gasto a excepción de los medicamentos. Así mismo en aquellos casos en que las prestaciones efectuadas por los asegurados tengan un reembolso por la institución de salud previsional inferior al cincuenta por ciento (50%), se considerará como gasto efectivamente incurrido por el asegurado el cincuenta por ciento (50%) del costo total de la prestación (BMI), monto sobre el cual se aplicará el porcentaje de cobertura estipulado en el cuadro de beneficios de esta póliza. Lo anterior no será válido para reembolsos de medicamentos.

Condiciones Generales:

 ·   Para hacer uso del seguro, el beneficiario debe estar inscrito, para lo cual deberá llenar el Formulario de Incorporación. Descargar formulario

  • Monto deducible de cargo del beneficiario: 40 U.F.

  • Tope anual de 1.500 U.F.

  • Cobertura temporal de 1 año por evento.

  • El beneficiario puede incorporar cónyuge e hijos, pagando una sobre prima de su cargo:

Cónyuge

0,3038 U.F.

Hijos menores de 24 años

0,2140 U.F.

Hijos entre 24 y 28 años que acrediten condición de estudiante

0,5177 U.F.

SEGURO DE VIDA

Beneficio gratuito para el personal académico y no académico de la Universidad con contrato de trabajo y una antigüedad superior a 6 meses. El seguro cubre la muerte natural y accidental, y la invalidez total calificada según el Decreto Ley 3.500.

Condiciones Generales:

  • Para hacer uso del seguro, el beneficiario debe estar inscrito, para lo cual deberá llenar el Formulario de Incorporación. Descargar formulario

  • Capital asegurado:

Muerte Natural

100 U.F.

Muerte Accidental

200 U.F.

Invalidez Total

100 U.F.

  • El beneficiario puede aumentar dicho capital asegurado, pagando una prima adicional de 0,057 U.F. por cada 100 U.F. de capital asegurado adicional, con un tope máximo de 10.000 U.F.

  • Cobertura Edad:

Muerte Natural

Hasta 90 años

Muerte Accidental

Hasta 70 años

Invalidez Total

Hasta 65 años

Procedimiento General:

Para hacer efectivo el beneficio, el familiar o la persona que represente al funcionario asegurado, deberá presentar el Certificado de Defunción que indique la causa del deceso, o el documento que acredita la invalidez según el D.L. 3500, según  sea el caso.

La Oficina de Beneficios a las Personas se encargará de cursar la solicitud de liquidación del seguro y hacer el debido seguimiento con la Compañía de Seguros.

Contacto

Loreto Fuentes Droguett, anexo 3041, mail: loreto.fuentes@pucv.cl

Horario de atención

Lunes a jueves de 09:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 18:00 horas.

Viernes de 09:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 17:00 horas.

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