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Dr. Juan Pablo Faúndez expone en ciclo de conferencias sobre el sacramento del matrimonio

“Canon 1095 y la incapacidad para contraer matrimonio” fue el tema abordado por el académico de Teología PUCV en la Parroquia Nuestra Señora de los Dolores de Viña del Mar.

27.01.23

En el marco del ciclo de conferencias “Sacramento del Matrimonio” organizado por el Tribunal Eclesiástico de Valparaíso, este miércoles 25 de enero el académico de la Facultad Eclesiástica de Teología PUCV Dr. Juan Pablo Faúndez Allier expuso sobre los alcances del canon 1095, en el marco de análisis que abre el tema del consentimiento matrimonial y la incapacidad para contraer matrimonio.

La actividad se desarrolló en la Parroquia Nuestra Señora de los Dolores de Viña del Mar y formó parte de un ciclo de cinco charlas, dirigidas a charlistas matrimoniales, presbíteros, religiosos, religiosas y agentes pastorales; para reflexionar en torno al matrimonio, sus implicancias y desafíos.

En la ponencia del Dr. Faúndez participaron más de sesenta representantes de las diferentes parroquias de la Diócesis de Valparaíso, abogados y sacerdotes. En palabras del académico de la Facultad Eclesiástica de Teología PUCV, “El canon 1095 es uno de los cánones más trabajados en los Tribunales Eclesiásticos para efectos de las tramitaciones de los procesos de nulidad matrimonial canónica. Tuvimos una hora y media de sesión, muchas preguntas y mucho interés de los participantes”.

La actividad comprendió una exposición teórico-práctica más la presentación de un caso de redacción y presentación de demanda de nulidad matrimonial, “que permitió que los asistentes a la charla conocieran cómo se inicia un proceso, cuáles son los tipos de argumentos que hay que poner en una demanda de nulidad y todo esto apuntando a esclarecer las situaciones que pueden ser controversiales entre las personas que contraen matrimonio a la luz de la causal analizada, en torno al canon 1095 que habla de la incapacidad para contraer matrimonio que se aterriza en sus numerales 1° (debido a la carencia de suficiente uso de razón), 2° (por tener un grave defecto de discreción de juicio acerca de los derechos y deberes esenciales del matrimonio que mutuamente se han de dar y aceptar los contrayentes) y 3° (por quienes no pueden asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psíquica)”.

“Creo que es un servicio importante que estamos prestando desde el Tribunal Eclesiástico, con los dos profesores canonistas de la Facultad Eclesiástica de Teología PUCV, el Padre Claudio Ortiz -como Vicario judicial de la Diócesis- y yo. Se trata de una actividad de vinculación con el medio al servicio de la Diócesis que desde la Universidad, a través del Tribunal Eclesiástico, es muy importante para la formación en un tema que muchas veces es poco conocido”, precisó el también director del Programa de Ciencias para la Familia y director de la Cátedra de Derecho Canónico PUCV.