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Contralora e investigadora PUCV, Dra. Lorena Carvajal:

“Es relevante que la gran empresa y la pyme celebren contratos en que ambas partes se obliguen a trabajar cooperativamente en pro de la sostenibilidad”

28.11.19

La investigación ha sido uno de los pilares de la trayectoria profesional de la abogado, académica de la Escuela de Derecho y actual contralora PUCV, Dra. Lorena Carvajal Arenas, quien, recientemente, se adjudicó un proyecto FONDECYT de Iniciación denominado “El rol de la pyme en las cadenas de suministro sostenibles”, donde estudia la relación de pequeñas y medianas empresas con las grandes empresas, desde la perspectiva de la sostenibilidad empresarial.

Al ser consultada por el interés de investigar sobre este tema, la abogado PUCV; PhD por la Universidad de Portsmouth, Reino Unido; Máster en Sistema Jurídico Romano, Unificación del Derecho y Derecho de la Integración de la Universidad de Roma Tor Vergata, Italia; Máster en Derecho Comercial Internacional de la Universidad de Roma La Sapienza, Italia; y profesora de Derecho Comercial de la Universidad, destacó la relevancia de cambiar el paradigma empresarial, desde un enfoque capitalista, el cual tiene una visión de corto plazo centrada únicamente en maximizar el retorno económico de la inversión, hacia otro de largo plazo, que favorece la generación de dividendos en línea con el cuidado de las personas (trabajadores, consumidores, proveedores y comunidad local y nacional) y del medio ambiente.

Para hablarnos de sus líneas de investigación y de su interés por generar conocimiento en el ámbito de las empresas desde una perspectiva jurídica, la Dra. Carvajal nos recibió en su oficina de la Escuela de Derecho PUCV, donde en una entrevista cercana, nos comentó los aspectos más importantes de su trayectoria como investigadora destacada de nuestra Universidad. 

¿Cómo nace el interés por investigar?

Todo partió con mis estudios de Derecho en la PUCV, donde realicé una Memoria de Grado que se convirtió, posteriormente, en el libro “El acreedor hipotecario ante la insolvencia del deudor”. Mi interés por el Derecho comercial y por la investigación me impulsó a cursar dos magísteres en Italia entre los años 2004 y 2007. El primero, en Sistema Jurídico Romano, Unificación del Derecho y Derecho de la Integración, estaba muy orientado hacia la formación de investigadores. En cambio, el segundo, era eminentemente profesional y se focalizaba en el ámbito del Derecho Comercial Internacional.    

Luego, gracias a la beca “Presidente de la República”, me fui a Inglaterra a cursar estudios de Doctorado en Portsmouth hasta el año 2012, lo que reafirmó mi interés por generar conocimiento en torno a principios fundamentales, como la buena fe, y los contratos, siempre vinculados a la empresa.

¿Cómo llegó a la PUCV?

Una vez terminados mis estudios doctorales en Inglaterra, se abrió una plaza en la Escuela de Derecho PUCV en el ámbito de mi especialidad, lo cual me permitió asumir la cátedra de Derecho comercial para los estudiantes de quinto año de la carrera. Esto representó un desafío académico importante, porque comencé mi carrera docente impartiendo clases a personas formadas desde el punto de vista jurídico. Esta oportunidad me permitió volver como profesora a mi alma mater, lo que, junto con ser una gran responsabilidad, me enorgullece hasta el día de hoy.

No puedo dejar de mencionar mi enorme agradecimiento a las autoridades académicas de la Escuela en ese momento, quienes creyeron en mis capacidades y depositaron su confianza en mi persona.

¿Cómo se inició su carrera como investigadora PUCV?

Tras mi llegada a la Universidad, me gané inmediatamente, el año 2013, un FONDECYT postdoctoral de 3 años. Ese proyecto me permitió investigar sobre la posibilidad de modificar el Código de Comercio chileno, el cual se encuentra anclado la teoría del acto de comercio, la cual proviene del Código francés del S. XIX. La teoría principal del proyecto apuntaba a establecer a la empresa como eje del Código de Comercio.

Este proyecto fue desarrollado en un momento en que se discutía a nivel nacional la posibilidad de un nuevo Código de Comercio. Esta inquietud fue recogida por la Comisión de Estudios para una Nueva Codificación Comercial liderada por el Ministerio de Justicia y la Universidad de Chile.  En esta instancia participaron más de 80 académicos de universidades de todo el país y abogados especialistas en Derecho comercial y disciplinas relacionadas. El informe de la Tercera Sub-comisión contiene numerosas referencias bibliográficas a mis trabajos (frutos del postdoctorado), ya que se acogió la teoría principal del proyecto, es decir, se establece a la empresa como eje del Código de Comercio. Por supuesto, como académica, siento una gran satisfacción por haber influido la opinión de los expertos.

¿Nos podría comentar si esta investigación se relaciona con la adjudicación reciente de su FONDECYT de Iniciación?

Son temas distintos, pero relacionados en una línea de investigación centrada en la empresa. En el caso del FONDECYT de Iniciación, mi propuesta está centrada en el estudio de la pyme.

Antes de continuar ¿Por qué el interés de estudiar el Rol de la pyme en las cadenas de suministro sostenibles?

Existe una motivación estrictamente técnica que considera la importancia de la pyme en el tejido social de países en vías de desarrollo. Este tipo de empresas contribuye significativamente en la creación de puestos de trabajo y en la disminución de la pobreza. A nivel nacional, según la Quinta Encuesta Longitudinal de Empresas 2019, de un total de 339.022 empresas analizadas, las pymes fueron aquellas de mayor participación porcentual, con un 52,5%. Le siguen las microempresas con un 44,4%. Las grandes empresas sólo representaron un 3,1%. Estas cifras permiten afirmar que, si bien las pymes y las microempresas son la parte débil en las relaciones jurídicas comerciales; desde la perspectiva económica, son la parte fuerte. En particular, el rol de la pyme ha sido subvalorado en el ámbito de la sostenibilidad de las cadenas de suministros. Por lo tanto, mi planteamiento es que es posible ofrecer vías jurídicas para sacar a la pyme de esta posición de desvalor.

También investigo la pyme por una motivación personal, ya que mis padres son comerciantes de Valparaíso y, desde niña, he visto los problemas asociados a esta actividad. Esta experiencia la he compartido siempre con los estudiantes de Derecho comercial, en el sentido que el lucro derivado de una actividad comercial no es condenable. Antes bien, el comercio tiene orígenes remotos en la historia de la humanidad y ha sido un elemento importante para su desarrollo. Lo condenable es el enriquecimiento injusto, porque ha sido obtenido por medio de la explotación del débil en una relación.

Además, hay que considerar que los comerciantes asumen riesgos y tienen tiempos de espera que, muchas veces, son largos, ya que la demanda rara vez se presenta de manera simultánea a la oferta. En esta línea, a veces olvidamos cosas muy simples, como por ejemplo que, a pesar de que exista baja demanda, los empresarios pyme deben cumplir con sus obligaciones pactadas con proveedores y trabajadores.

¿Qué rol juega la sostenibilidad en su investigación?

Por una parte, es posible intentar una aproximación al concepto de sostenibilidad, entendiendo por tal algo que puede perdurar en el tiempo, sin que sea apuntalado por otros elementos (a diferencia de la sustentabilidad). Por otra parte, la responsabilidad social empresarial podría definirse como un estado de la empresa que contribuye con su actividad de producción de bienes o servicios al desarrollo de la sociedad y a la conservación del medio ambiente. Es una foto del momento. La sostenibilidad considera las mismas variables, pero es capaz de proyectarse en el tiempo, a través de lineamientos definidos por una política institucional clara.

La literatura especializada ignora el rol de la pyme en las cadenas de suministro sostenibles, asumiendo que estas empresas serán capaces de implementar los estándares de sostenibilidad impuestos por las grandes empresas o empresas líderes.

¿Se refiere a la externalización que hacen las grandes empresas a proveedores más pequeños que producen los insumos necesarios para su actividad productiva?

Así es, esta relación que se conoce como outsourcing, considera a las cadenas de suministros, como la forma habitual en que se desarrolla el comercio en la actualidad. Los sistemas de producción cerrados, donde una misma empresa elabora los insumos y, luego, el producto o servicio final para entregarlo a los consumidores, prácticamente no existe. Por lo tanto, los contratos son el instrumento para “construir” las relaciones entre las grandes empresas y las pymes.

En este contexto, se presenta el problema relativo a que no se considera a la pyme en el desarrollo de los estándares de sostenibilidad y tampoco en la redacción de los contratos. Sólo se le imponen códigos genéricos de conducta o términos y condiciones para proveedores que la empresa compradora ha desarrollado.

¿Qué problema provoca esto?

En los contratos con los proveedores, las grandes empresas imponen cláusulas específicas de sostenibilidad (Sustainable Contractual Clauses) que no consideran el potencial de las pymes para cumplir con estas exigencias de sostenibilidad. Muchas veces las pymes quieren cumplir estas cláusulas, pero no están en condiciones económicas de hacerlo. El problema se agudiza aún más cuando las grandes empresas realizan pedidos de última hora que obligan a las pymes a subcontratar, lo que dificulta aún más el cumplimiento de las cláusulas de sostenibilidad. Generalmente, las grandes empresas no se comprometen a cooperar con sus proveedores para que cumplan con estas obligaciones.

Desde la perspectiva jurídica, cuando la pyme subcontrata, ¿Traspasa estas obligaciones a sus propios proveedores?

Este es un gran punto de la sostenibilidad en la cadena de suministro. En estricta técnica jurídica, el efecto relativo del contrato impide hacer efectivas las cláusulas de sostenibilidad del acuerdo “original” a los subcontratantes. Sin embargo, si el subcontrato no se desarrolla bajo las mismas exigencias del contrato principal, la sostenibilidad será sólo una ilusión. De esta forma, no sólo se trasgredirían las expectativas y la buena fe de la contraparte (la gran empresa), sino que, aún más grave, se atentaría contra la dignidad humana (en caso de condiciones laborales degradantes, por ejemplo) y contra el medio ambiente. Como se aprecia, la sostenibilidad va mucho más allá de honrar obligaciones recíprocas nacidas del contrato. Es un tema trascendental para la humanidad.

¿Esto no puede ser regulado por el Estado o por tratados internacionales?

Desde el 2010 no se han depositado tratados internacionales en la Secretaría General de Naciones Unidas. Todo lo referido a sostenibilidad ha sido dejado al soft law, es decir, a instrumentos que carecen de fuerza vinculante. Luego, las empresas toman estos estándares voluntarios y los hacen vinculantes en virtud del contrato. Por lo tanto, como se aprecia, las soluciones están viniendo “desde abajo”. Por esta razón, mi hipótesis de trabajo del Proyecto FONDECYT establece una solución a partir del propio contrato.

Esto permitiría sacar a la pyme de la posición subvalorada en que se encuentra y hacer de ésta la fuerza motriz para el impulso de la sostenibilidad.

¿Cómo podría conseguirse esto?

A través de cláusulas específicas de sostenibilidad, redactadas de forma cooperativa, donde la gran empresa se compromete a entregar a sus proveedores, recursos financieros y educacionales que les permitan responder a las exigencias en esta materia, es decir, que ambas partes se obliguen mutuamente.

Por ejemplo, en la actualidad, si un proveedor no puede responder a las cláusulas de sostenibilidad, la gran empresa está en posición de sacarlo de la cadena de suministro y buscar a otro. Lo ideal sería establecer un contrato donde la gran empresa se compromete con su proveedor para ayudarle al cumplimiento de estas cláusulas y, de esta manera, ambas de comprometan efectivamente con la sostenibilidad a partir de esta acción.

¿Cree que será posible la implementación voluntaria de cláusulas cooperativas?

Mi hipótesis apunta en esa dirección, es decir, hace hincapié en el papel que la sociedad civil debe cumplir en la implementación de la sostenibilidad. En esta línea, es importante el trabajo de las instituciones de educación superior. Desde mi punto de vista, la clave está en educar a las grandes empresas compradoras y a los proveedores acerca de la importancia del compromiso en torno a la sostenibilidad.

La Pontificia Universidad Católica de Valparaíso tiene experiencia en esa línea, pues cuenta con una entidad que se dedica a la sostenibilidad (Vincular). También, junto a la profesora de Derecho comercial de la PUCV, Angela Toso, el año pasado dirigimos un exitoso programa de Diplomado denominado “Derecho y Sostenibilidad Empresarial”, el cual se desarrolló en el CEA de Santiago.

El Estado también tiene un rol de promoción y apoyo en la implementación de la sostenibilidad. En el caso chileno tenemos el Programa para proveedores de CORFO, el cual incentiva a las empresas a apoyar a sus proveedores, capacitándolos para producir bienes y servicios de manera sostenible. 

¿Cómo equilibrar las utilidades monetarias de las empresas con el desarrollo sostenible?

La visión de largo plazo es imperiosa y esto se sustenta, incluso, en indicadores financieros que han surgido recientemente y que miden la sostenibilidad de la empresa. Por ejemplo, el Dow Jones Sustainability Index, que es una herramienta que permite a inversionistas conocer el compromiso con la sostenibilidad de la empresa.

¿Dónde está la clave para multiplicar este tipo de iniciativas?

Como le indicaba, considero que la educación es la respuesta, porque, en la actualidad, implementar la sostenibilidad es una oportunidad para obtener beneficios de largo plazo. Todo esto se recoge en un post del destacado abogado norteamericano, Martin Lipton, denominado el “It’s Time to Adopt the New Paradigm”, publicado en febrero de 2019 en el blog “Harvard Law School Forum on Corporate Governance and Financial Regulation”, donde invita al gobierno corporativo a implementar estándares de sostenibilidad con una mirada de futuro.

Esto lo había manifestado, a su manera, el CEO de BlackRock, Larry Fink, quien, en su carta de 2018 a los CEOs de las más grandes empresas, titulada “A sense of purpose”, señaló que: “La sociedad está exigiendo a las empresas, públicas y privadas, servir un objetivo social”.

En el plano local, los profesores de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, con su sello valórico distintivo, incorporamos estas ideas en el proceso formativo de nuestros estudiantes, quienes serán los profesionales del mañana y, por ello, deben ser conscientes de la trascendencia de la sostenibilidad.

Considerando la relación Banca-Pyme ¿Es factible que el sistema financiero en algún punto se comprometa con la sostenibilidad?

Hoy los bancos ofrecen tarjetas y créditos a diestra y siniestra, sin considerar la capacidad de pago real de los consumidores. Esto implica que no están cumpliendo con la responsabilidad de estudiar la situación del sujeto que está optando al crédito y la importancia de educarlo sobre las consecuencias del endeudamiento. Esto se complejiza, porque en nuestro país quienes desean acceder al crédito, muchas veces, no lo hacen por hedonismo, sino para pagar servicios básicos. Por lo tanto, como sabemos, se requieren reformas estructurales, además, del actuar de la Banca.

En el caso de las empresas, la banca podría facilitar el acceso a crédito a aquellas empresas comprometidas con la sostenibilidad en diversos ámbitos, como, por ejemplo, el cuidado del medio ambiente, la igualdad de género, la disminución de la brecha entre los salarios más altos y los más bajos y/o el cumplimiento de las condiciones laborales adecuadas para el desarrollo de la actividad productiva.

¿Qué espera para el futuro de esta línea de investigación?

Es relevante que la gran empresa y la pyme suscriban contratos que obliguen a ambas partes a comprometerse cooperativamente con la sostenibilidad. En este punto, creo que tarde o temprano esto será una realidad, porque el tema va más allá de lo jurídico. En lo personal, como cristiana, veo el interés por la sostenibilidad como un soplo del Espíritu que nos involucra a todos, porque hace referencia a la protección y conservación de la humanidad y de nuestra “Casa común”, como llamó a la tierra el Papa Francisco en su Encíclica Laudato Si’.

¿Quisiera agregar algo que no le haya preguntado?

Sólo deseo mencionar el orgullo que siento de pertenecer a la Escuela de Derecho de la PUCV, cuyo prestigio y tradición nacional e internacional me ha abierto tantas puertas para desarrollar mi investigación.

También deseo agradecer a mi equipo de la Contraloría de la Universidad, porque todos quienes lo integran me apoyan para sacar adelante mis responsabilidades como académica y contralora. 

Por Marcelo Vásquez, Periodista VRIEA PUCV